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Preguntas frecuentes

Desde el punto de vista fiscal, ambas facturas tienen los mismos efectos y alcances, sin embargo, las facturas electrónicas cuentan con elementos de seguridad superiores a las tradicionales. Otra diferencia importante es la versatilidad, ya que a diferencia de las facturas en papel, las facturas electrónicas son creadas, enviadas, validadas y almacenadas por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso de que así se requiera.

a. Estar inscrito en el SAT como persona física o moral.
b. Contar con su firma electrónica avanzada (FIEL).
c. Solicitar ante el SAT un Certificado de Sello Digital.

La Firma Electrónica le sirve al contribuyente para validarse dentro de las páginas del SAT y realizar movimiento como declaraciones mensuales, cambios de domicilio, entre otros, en cambio el Certificado de Sello Digital es exclusivamente para sellar sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

Una vez que el contribuyente haya realizado el trámite de Certificado de Sello dentro de las páginas del SAT, el SAT da por entendido que el contribuyente empezará a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.